DescargarBoletín Tesorería General de la Seguridad Social que publicó ayer, 22 de enero de 2024
La Tesorería General de Seguridad Social valida el criterio de cotizar por la base mínima del grupo profesional durante el disfrute del permiso parental
La Tesorería General de la Seguridad Social publicó ayer, 22 de enero de 2024, un nuevo boletín mediante el cual se valida el criterio que desde Vallbé le habíamos recomendado respecto a la cotización de la persona trabajadora durante el disfrute del permiso parental.
Es decir, a pesar de que el referido permiso se incluye en el Estatuto de los Trabajadores como causa de suspensión del contrato, no pierde la naturaleza de permiso, debiendo cotizar por el mismo.
Consecuentemente, resulta de aplicación el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros derechos de la Seguridad Social, que fue aprobado por Real Decreto 2064/1995, que establece que para las contingencias comunes debe tomarse como base de cotización la mínima correspondiente al grupo de la categoría profesional del trabajador, y para las contingencias profesionales la base de cotización estará sujeta a los topes mínimos establecidos.
Para mayor detalle, le adjuntamos el boletín a continuación.
El objetivo de este boletín es simplemente informar de aquellas novedades que creemos de interés. En ningún caso pretende ser una vía de asesoramiento legal. Si necesita cualquier duda y/o aclaración, o ampliación sobre el contenido de este boletín no dude en ponerse en contacto con los profesionales del despacho.